La fiscalía dio el visto bueno para cerrar la causa por la celebración del cumpleaños de la primera dama en la Quinta de Olivos durante el ASPO en 2020.
El fiscal federal de San Isidro Fernando Domínguez expresó este lunes su acuerdo con la donación de $ 1,6 millones a una institución del ámbito de la Salud que fue ofrecida por el presidente Alberto Fernández para que se cierre la causa por la celebración del cumpleaños de la primera dama en la Quinta de Olivos durante el período de aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) de 2020.
Domínguez presentó su conformidad ante el juez federal de San Isidro Lino Mirabelli, quien deberá decidir si homologa el acuerdo. De confirmarse la medida Alberto Fernández tendría 10 días hábiles para depositar el dinero en el banco que le sea indicado, informaron fuentes judiciales.
«Considero razonable la propuesta efectuada en tanto habrá de destinársela a la adquisición de recursos para la investigación científica en materia de salud», sostuvo Domínguez en el dictamen de 11 páginas al que accedió Télam, en el que además postuló que la donación fuera destinada a la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud Dr. Carlos G. Malbrán.
El acuerdo económico como vía de solución alternativa –que de ser aprobado no sería el primero de esta causa- está previsto en el artículo 59 del código penal, cuyo inciso 6 establece que se extinguirá la acción penal «por conciliación o reparación integral del perjuicio, de conformidad con lo previsto en las leyes procesales correspondientes».
La propuesta en nombre del Presidente había sido realizada la semana pasada por sus abogados en esta causa, Marcelo Antonio Sgro y Fabián Musso.
El representante del ministerio público fiscal refirió en su dictamen que la propuesta realizada «cubriría el precio de un respirador para ser utilizado en módulos de atención UCI de pacientes con Covid-19 más cuatro días de internación en un módulo de atención UCI con ARM con pacientes con Covid-19, o un total de cuarenta días de internación en módulo de atención UCI con ARM de paciente con Covid-19».
El fiscal remarcó en su dictamen que no se juzga la gestión de un gobierno, ni la gestión de la pandemia, sino que se evalúa «una conducta antinormativa, la responsabilidad personal en el hecho», y planteó que el reproche «no es moral, ni ético, ni político» sino que es un «reproche jurídico por un hecho antijurídico».
«Frente al derecho penal el doctor Alberto Fernández no tiene menos derechos que el resto de las personas por ser Presidente de la Nación», expresó y señaló que esa condición no lo inhabilita a avanzar por la vía de la solución alternativa de conflictos; algo que ya hicieron otros imputados de este expediente.
En marzo, el juez Mirabelli homologó el primer acuerdo alcanzado por la fiscalía y una de las imputadas por asistir en 2020 al cumpleaños de la primera dama Fabiola Yañez en la Quinta de Olivos, la estilista Carolina Marafioti, quien acordó donar $ 200.000 a un hospital de San Fernando y logró así su sobreseimiento.
El acuerdo había sido alcanzado por el fiscal Domínguez y el abogado de Marafioti, Alejandro Rúa, «quien ofreció, como método de resolución alternativa, la reparación integral del perjuicio hipotéticamente causado» por la conducta de su defendida, según surge de la resolución judicial a la que accedió Télam.
Cuando propuso la donación como método de resolución alternativo, el abogado Rúa argumentó que los hechos que se le atribuyen a Marafioti «no han generado contagio alguno, ni perjuicio, ni consecuencias en la salud, ni de ningún tipo, para persona alguna» y señaló que la situación patrimonial de su defendida es la de «una profesional estilista independiente que monotributa, alquila su vivienda y sostiene su grupo familiar, con hijos menores».
La diferencia en los montos que cada imputado pueda ofrecer para alcanzar un acuerdo económico tienen que ver, entre otras cosas, con el patrimonio demostrado por cada uno y con el grado de responsabilidad que la fiscalía les atribuya en el hecho.